GUÍA PARA LA TRAMITACIÓN DE NACIONALIDAD ESPAÑOLA POR MATRIMONIO

Elaborado por: Iskra Rodriguez Abogada

GUÍA PARA LA TRAMITACIÓN DE NACIONALIDAD ESPAÑOLA POR MATRIMONIO 

PASOS A SEGUIR:

PRIMERO: se recomienda inscribirse a los exámenes de conocimientos constitucionales y socio-culturales y de lengua (CCSE Y DELE). Para que una vez se tengan los resultados proceder al trámite del expediente. Para ello hay que inscribirse en el instituto cervantes para la realización de ambos exámenes y pagar ambas tasas (85€ y 100€).

Existe dispensa para el examen DELE A2 para ciertos casos como:

* Los hispanohablantes

* Los que hayan realizados estudios suficientes en España, como la ESO.

* Los analfabetos (suficientemente acreditada tal condición)

* Personas de avanzada edad

De igual manera, se recomienda tener cancelados los antecedentes penales y policiales. Para ello se debe solicitar certificado de antecedentes penales y policiales, respectivamente, ante guardia civil, policía nacional, y Registro central de penados y rebeldes, respectivamente. Una vez se tengan los certificados penales y policiales, se debe proceder a la solicitud de cancelación de cada uno de ellos.

SEGUNDO: Importante tener en cuenta que la nacionalidad por matrimonio es la misma que para obtener nacionalidad por residencia, con la excepción de que por éste hecho se acorta el plazo exigido a un año.

Por ello, antes de iniciar con la documentación que se exige, es importante conocer cuáles son los requisitos?

REQUISITOS:

1. Ser ciudadano extranjero residente legal en España durante el plazo que se exige legalmente: En el caso de matrimonio con un español, este plazo es de un año.

2. Estar casado hace un año con un ciudadano español: Estar casado hace un año con un ciudadano español y continuar casado después de la solicitud.

3. Estar empadronados juntos: esto es importante comprobar, para que no parezca que es un matrimonio por conveniencia y te echen para atrás la solicitud, y se pierda tiempo y dinero, y es que si te deniegan por considerar que ha sido por conveniencia, se tiene que recurrir y esto alarga el procedimiento. Por eso, fingir un matrimonio para obtener la nacionalidad española no recompensa. Al menos en el caso de los extranjeros, ciudadanos de países iberoamericanos, filipinas y guinea ecuatorial, ya que a éstos solo les piden dos años de residencia para poder optar a la nacionalidad.

4. Acreditar medios económicos suficientes: Se pueden acreditar por cualquier medio de prueba válido en Derecho, es decir, con los documentos que sea posible. Por ejemplo: Una familia de 2 miembros: se exigen unos 800€ (es el 150% del IPREM) como ingresos en la unidad familiar y 300€ (50% IPREM) más por cada miembro adicional.

5. Aportar el certificado de inscripción consular. No es estrictamente necesario acreditarlo.

6. No tener antecedentes penales. Ya he explicado que si se tienen antecedentes hay que cancelarlos, ya que se exige buena conducta cívica como requisito.

7. Estar integrado en la cultura española. Es un requisito exigido de cara a comprobar suficiente integración en España, para ello se deben superar las pruebas de CCSE y el DELE nivel A2.

TERCERO: Prepara la documentación que se exige: (*original, en vigor, traducida y legalizada/apostillada, según el caso):

1. COPIA COMPLETA DEL PASAPORTE (INLCLUSO LAS HOJAS EN BLANCO)

2. COPIA DE TARJETA DE RESIDENCIA

3. Certificado de nacimiento del cónyuge español

4. COPIA DNI DEL CÓNYUGE ESPAÑOLA

5. CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO CONJUNTO

6. CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PENALES DEL PAÍS DE ORIGEN *

7. CERTIFICADO DE REGISTRO CENTRAL DE PENADOS Y REBELDES ESPAÑOL

8. CERTIFICADO DE NACIMIENTO DEL PAÍS DE ORIGEN *

9. SI SE TIENEN HIJOS MENORES DE EDAD NACIDOS FUERA DE ESPAÑA, ENTONCES CERTIFICADO DE NACIOMIENTO DE ÉSTOS *

10. SI TIENEN HIJOS EN COMÚN NACIDOS EN ESPAÑA, CERTIFICADO DE NACIMIENTO DE ÉSTOS O LIBRO DE FAMILIA

11. CERTIFICADO DE MATRIMONIO EN ESPAÑA

12. LOS DIPLOMAS DE LOS EXAMENES

13. JUSTIFICANTE DE HABER ABONADO CON CARÁCTER PREVIO LA TASA de 100 euros que debe abonarse es el Modelo 760, epígrafe 026. (Comprobante de haber pagado la Tasa de 100 euros. El pago de la tasa por la iniciación del procedimiento para obtener la nacionalidad española por residencia se efectuará por el interesado o por su representante, previa cumplimentación del correspondiente formulario de pago).

14. DOCUMENTO ACREDITATIVO DE TENER UNA SEGUNDA NACIONALIDAD QUE DA DERECHO A LA EXENCIÓN DE LA PRUEBA DELE DEL INSTITUTO CERVANTES para el DELE A2 (en este caso puede acreditase con copia de documento de identidad, pasaporte, certificado de nacimiento etc.)*

15. Se recomienda adjuntar contrato de trabajo, nóminas, aval bancario etc.

CUARTO: una vez se cuente con toda la documentación se deberá PROCEDER A SU DIGITALIZACIÓN Y PRESENTACIÓN TELEMATICA CON EL CORRESPONDIENTE CERTIFICADO DIGITAL.